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Parque Infantil
REGLAMENTO INTERNO
Artículo 1. Los menores de tres (3) años podrán hacer uso de la zona de parque infantil solo en compañía de un adulto responsable, para su cuidado; el Conjunto no se hará responsable de accidentes ocasionados al menor por no estar con un adulto (FALTA MODERADA).
Artículo 2. La edad máxima permitida para uso del parque infantil es de diez (10) años. En todo caso los menores estarán bajo la responsabilidad de los padres (FALTA LEVE).
Artículo 3. No se permite ingerir bebidas alcohólicas, ni fumar en la zona del parque infantil (FALTA GRAVE).
MANUAL DE CONVIVENCIA
Como su nombre lo indica, el parque infantil es un espacio creado, diseñado para el uso y disfrute de jóvenes hasta los 10 años, Ya que la infraestructura esta diseñada para soportar esta carga. El horario para el uso del parque y zonas infantiles son,1 Lunes a sábado 10 a.m., a 7 p.m. 2 Domingos y Festivos 9 a.m., a 7 p.m.
Parágrafo 1. Exceptuando eventos culturales y de convivencia con previa autorización de la administración. Es importante inculcar en los niños, el uso adecuado de los parques, todo acto que genere inseguridad, deberá ser reportado por la comunidad, personal de apoyo al conjunto, visitantes y demás… el primer respondiente se hará con el llamado verbal del guarda de seguridad, si el niño continua con estas acciones que pueda vulnerar la seguridad e integridad del mismo o de otros a su alrededor se hará el llamado a la policía de infancia y adolescencia.
A pesar que el parque está al interior del conjunto, debe estar acompañado por un adulto responsable, la administración y los entes que le acompañan no se responsabilizan por el uso indebido y posibles efectos negativos en los niños, esta es una obligación única del representante legal y/o cuidador del niño.
El parque infantil no es una cancha de futbol, la ciudadela cuenta con canchas adaptadas para dar respuestas a las necesidades recreativas de los jóvenes, esta prohibido golpear las paredes y ventanales de las torres, en este caso, desde el manual de convivencia se actuará para decomisar los implementos que utilicen para generar estas acciones y se le entregaran al representante legal del menor, con un llamado de atención y si continua se aplicará las sanciones correspondientes.
Cada propietario puede servirse de los bienes comunes siempre que los utilice según su destino natural u ordinario y no perturbe el uso legítimo de los demás propietarios. en su uso, los propietarios están obligados a observar el máximo de diligencia y cuidado y responderán hasta de la culpa leve por el perjuicio que por su negligencia o uso indebido puedan ocasionar.